ALIMENTOS, INCUMPLIMIENTO DEL DEBER ALIMENTARIO, SANCIONES CONMINATORIAS, CUOTA ALIMENTARIA EN LA LIQUIDACIÓN MENSUAL DEL MEDIDOR DE LUZ
Juzg. de Paz, Chivilcoy 8/11/2021, “N. B. L. c/ E. T. D. s/ alimentos”
Conforme lo pedido, atento el estado
de autos, advirtiendo las múltiples intimaciones efectuadas (v. resoluciones de
fecha 10/05/2019, 15/08/2019, 2/06/2020 y 2/06/2021) y medidas ordenadas (v.
medidas cautelares de fecha 13/02/2020, orden de inscripción en el Registro de
Deudores Alimentarios de la Provincia de Buenos Aires de fecha 29/07/2020 y
orden de inhabilitación para conducir todo tipo de vehículos de fecha
25/08/2021), sin que a la fecha el demandado haya dado cumplimiento al pago de
los Alimentos fijados a favor de su hija siendo por lo tanto un deudor
recalcitrante, ofíciese a la empresa distribuidora de energía local «EDEN S.A.»
a efecto de que agregue en la liquidación mensual del medidor que corresponda
al demandado el monto de cuota alimentaria provisoria fijado en la resolución
de fecha 2/05/2019 y una vez percibido el mismo, deposite las sumas respectivas
en la cuenta de autos. Fdo. Eduardo J.M. Banchero- Juez.
Hola! Es el fallo completo? En caso contrario, lo tendrás para compartírmelo? Gracias!
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