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Mostrando entradas de marzo, 2022

NOMBRE, PRIVACIÓN DE LA RESPONSABILIDAD PARENTAL, SUPRESIÓN DEL APELLIDO PATERNO, APELLIDO DEL PROGENITOR AFÍN, DERECHO A SER OÍDO

Cám. Civ. Com. Lab. Min., sala II, Neuquén, 09/03/2021, “C. M. E. c/ Z. E. A. s/ privación ejercicio responsabilidad parental” Y VISTOS: En acuerdo estos autos caratulados: "C. M. E. C/ Z. E. A. S/PRIVACION EJERCICIO RESPONSABILIDAD PARENTAL", (JNQFA3 EXP Nº 97488/2019), venidos a esta Sala II integrada por los vocales Patricia CLERICI y José I. NOACCO, con la presencia de la secretaria actuante Micaela ROSALES y, de acuerdo al orden de votación sorteado, José I. NOACCO dijo: I.- En contra de la sentencia dictada en autos el día 16 de abril de 2021 (fs. 81/87) viene en apelación la parte demandada a fs. 88 (presentación web n° 128936 del 26/04/2021). Mediante presentación web n°4459 del 13/10/2021 expresa agravios. En primer término, dice que la decisión de la jueza de grado de adicionar a la niña el apellido de la pareja de la actora excede el marco del objeto de la demanda, constituyendo en los hechos una adopción por integración a la vez que dificultaría el resul

ADOPCIÓN, ADOPCIÓN DE INTEGRACIÓN, TRIPLE FILIACIÓN, INCONSTITUCIONALIDAD ART. 558 CCYC, SOCIOAFECTIVIDAD, DERECHO A LA IDENTIDAD, INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO

 Juz. Nac. Civil n° 76, 01/03/22, “G.M., F.N. s/ ADOPCION” AUTOS Y VISTOS: Para resolver la petición de autos, I) A fs. 2/10 se presenta el Sr. F.A.L. y   solicita la adopción por integración -con los efectos de adopción  simple- de F.N.G.M., hijo de su conviviente Sra. C. Del R.G. y del Sr. J.G.M..- Refiere conocer al joven desde sus dos años de edad, momento en el que inició una relación sentimental con la Sra. G.. Que la relación entre el peticionante y el joven fue creciendo, destacando que la misma siempre fue de padre e hijo, llamándolo de dicha forma en todo momento. Relata la cotidianeidad mantenida en la familia respecto a las actividades de F., indicando que también se encarga de llevarlo o retirarlo de la casa de su padre biológico cuando empezó a concurrir más seguido a partir de sus 6 años. Describe la relación del joven con su familia ampliada, con sus hermanos y la cotidianeidad vivenciada. Refiere que se hace cargo de su cuidado, asumiendo voluntariamente y con mucho

IDENTIDAD DE GÉNERO, TRANSEXUALISMO, IDENTIDAD AUTOPERCIBIDA, PRINCIPIOS DE YOGYAKARTA, CAPACIDAD PROGRESIVA, LEY 26.743, DERECHO A SER OÍDO, ABOGADO DEL NIÑO,

Juzg. Fam. Cipoletti n° 5, 08/02/2022, “XXX s/ autorización judicial” (sentencia no firme) Cipolletti, 08 de febrero de 2022 AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en esta causa caratulada: "xxxx S/ AUTORIZACION JUDICIAL" (Expte. Nº xxxx) y; RESULTA: Que el día 29/10/2021 se presenta la Senaf solicitando se dicte resolución judicial que permita la inscripción del cambio registral del adolescente en los términos de la ley 26743. Menciona que la situación del joven venía siendo intervenida con anterioridad a la adopción de la medida excepcional de protección de derechos que tramita en los autos caratulados: “xxxx SOBRE MEDIDA DE PROTECCION DE DERECHOS (f) (ED)” (Expte. xxxx)", justamente a los fines de acompañar el proceso iniciado en relación al deseo del mismo de realizar el cambio registral. Refiere que, al no haber acuerdo pleno por parte de los progenitores, se solicitó intervención del Organismo y comenzaron a trabajar en linea con el deseo del mismo. Asimismo, se a

ACCIÓN REIVINDICATORIA, INMUEBLE DADO EN COMODATO, BUENA FE, ABUSO DE CONFIANZA, PERSPECTIVA DE GÉNERO, VIOLENCIA ECONÓMICA

Juzg. Paz, Mocoretá, 11/02/2022, “G., P. R. c/ M., C. R. s/ reivindicación” Mocoretá, 11 de febrero de 2022.- VISTO: el expediente caratulado "G. P. R. C/ C. R. M. S/ REIVINDICACIÓN", Z20 1375/19, que tramita ante este Juzgado de Paz de la Cuarta Circunscripción Judicial con asiento en la localidad de Mocoretá, provincia de Corrientes; RESULTA: I).- PRESENTACIÓN. En fecha 13/06/2019, se presentan los Dres. Carlos Fidel Soto, MP: 4ta. 3094, CUIT/CUIL 20-17905827-9 y, Zulma Beatriz Scatularo, MP. 4ta. 4847, CUIT/CUIL 27-23158613-5, en nombre y representación de la Sra. P. R. G., DNI N° 22.925.635, CUIT/CUIL 27-22925635-7. Los profesionales mencionados promueven demanda reivindicatoria contra el Sr. CEFERINO RAMÓN M., DNI N° 23.729.154 y/o contra cualquier otro ocupante; sobre el inmueble ubicado en Av. Italia N° 227 de esta ciudad de Mocoretá, Departamento de Monte Caseros, provincia de Corrientes; individualizado como Lote 16 de la Manzana N° R-43/D del Plano de Subd