COMPENSACIÓN ECONÓMICA, NATURALEZA JURÍDICA, CADUCIDAD DE INSTANCIA, MEDIDA CAUTELAR, DESESTIMA PEDIDO DE REPETICIÓN DE LAS SUMAS ENTREGADAS, EQUIDAD, NO DISCRIMINACION
CNCiv., sala I, 04/02/2022, “P., M. D. L. P. c/ B., J. J. s/FIJACION DE COMPENSACION ECONOMICA - ARTS. 441 Y 442 CCCN” Buenos Aires, 04 de febrero de 2022.- VISTOS Y CONSIDERANDO: I. La parte demandada interpuso recurso de apelación contra la resolución dictada el 14 de octubre de 2021, en la que la jueza de primera instancia rechazó el pedido de devolución de las sumas entregadas a la parte actora en razón de la medida cautelar ordenada el 6 de agosto de 2018. El memorial de agravios fue presentado el 29 de octubre de 2021 y mereció la contestación del 12 de noviembre de 2021. II. En el caso, el 6 de agosto de 2018 se estableció de modo cautelar una renta provisoria a favor de la parte actora consistente en el pago mensual de u$s5.000 o su equivalente en pesos a la cotización oficial tipo vendedor del día de pago, del 1º al 5 de cada mes, a cuenta de lo que en definitiva resulte de una eventual compensación económica que pudiere corresponderle, por el lapso de 40 meses o h...